BANDO - Calendario Contra Incendios INFOCA

Publicada: 07-07-2015

BANDO - Calendario Contra Incendios INFOCA

BANDO

En Bollullos Par del Condado, a 07 de Julio de 2.015 Rubén Rodríguez Camacho, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Bollullos Par del Condado, por la presente, HAGO SABER: SUPERFICIES FORESTALES:
  1. Se recuerda a todos los propietarios de terrenos forestales del Municipio que, según la legislación vigente, es OBLIGATORIO PRESENTAR, para su aprobación tras el correspondiente procedimiento administrativo, el PLAN DE PREVENCIÓN DE INCENDIOS FORESTALES de su finca ante la Delegación Territorial de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente en Huelva. Asimismo, se recomienda a aquellos que ya lo tuvieran aprobado DESDE HACE MAS DE 5 AÑOS se proceda a la RENOVACIÓN del mismo. En cualquier caso, tener aprobado este Plan de Prevención de Incendios Forestales será OBLIGATORIO para poder realizar cualquier actuación de manejo de la vegetación o infraestructuras que deba ser autorizado por la Consejería de Medio Ambiente.
USO DEL FUEGO
  1. SE PROHIBE EL USO DEL FUEGO EN TERRENOS FORESTALES Y ZONAS DE INFLUENCIA FORESTAL (franja de 400 metros circundantes) DURANTE LA ÉPOCA DE PELIGRO ALTO, ENTRE EL 1 DE JUNIO Y EL 15 DE OCTUBRE, y en particular:⃰
    • La quema de vegetación natural.
    • La quema de residuos agrícolas y forestales.
    • Encender fuego para la preparación de alimentos o cualquier otra finalidad, incluida las áreas de descanso de la red de carreteras, y las zonas recreativas y de acampada, aun estando habilitadas para ello.
    • El uso del fuego en calderas de destilación, y en hornos de carbón y piconeo.
    • El uso del fuego en actividad apícola.
CIRCULACIÓN DE VEHÍCULOS: Durante la Época de Peligro alto, y con carácter general, NO SE PODRÁ CIRCULAR CON VEHÍCULOS A MOTOR CAMPO A TRAVÉS, POR CAUCES SECOS O INUNDADOS, VÍAS PECUARIAS, VIAS FORESTALES DE EXTRACCIÓN DE MADERA Y PISTAS FORESTALES SITUADAS FUERA DE LA RED DE CARRETERAS LANZAMIENTO DE GLOBOS, COHETES O ARTEFACTOS REQUIEREN AUTORIZACIÓN EXPRESA, del Delegado del gobierno de la Junta de Andalucía en la Provincia correspondiente en la que se establecerán las medidas de seguridad que deban adoptarse. URBANIZACIONES, DISEMINADOS Y/O CONSTRUCCIONES AISLADAS:
  1. Se establece la OBLIGATORIEDAD de la limpieza de pastos y matorral de las cunetas de los viales de acceso e interiores, en una franja de 1 metro a cada lado, de todas aquellas urbanizaciones, diseminados y/o construcciones aisladas que se encuentren dentro de las zonas forestales, o a menos de 400 metros. Asimismo, se PROHIBE TERMINANTEMENTE el depósito y acumulación de residuos de cualquier tipo y residuos vegetales en las cunetas de los mismos.
  2. En las parcelas aisladas, urbanizaciones y diseminados que se encuentren dentro de zona forestal o una franja circundante de 400 metros de anchura se establece la OBLIGATORIEDAD de la limpieza de las mismas, con las siguientes características:
  • Donde fuera posible, establecer una franja perimetral de 15 metros de anchura completamente libre de pastizal, y con el matorral y arbolado aclarado de forma que haya, al menos, una distancia de 3 y 6 metros, respectivamente, entre los pies. El arbolado deberá ser podado hasta una altura de 2,5 metros, evitando el contacto entre las copas de los mismos.
  • En aquellas parcelas que no se pueda realizar la franja perimetral, se realizará el aclarado del matorral y arbolado existente en toda la superficie de la misma. En caso de tener dentro de la parcela depósitos con leña o combustible (gasoil, propano) se deberá limpiar completamente toda la vegetación circundante, en un radio de 5 metros.
  • En caso de que no haya construcciones dentro de la parcela, ésta se deberá limpiar igualmente, siguiendo las mismas indicaciones que las descritas anteriormente.
  • Se recomienda mantener a punto los posibles elementos contraincendios que se tengan (mangueras, herramientas) y disponer, si es posible, una reserva de agua.
Los restos de la limpieza deberán llevarse a vertedero autorizado o depositarse en el punto limpio del municipio. EN NINGÚN CASO DEBERÁN PERMANECER RESIDUOS DE LIMPIEZA EN LAS PARCELAS NI UTILIZAR EL FUEGO PARA SU ELIMINACIÓN.

Lo que firmo en Bollullos Par del Condado, a 07 de Julio de 2.015

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